Contenido principal
Tapaboca obligatorio a partir del 14 de abril
El Departamento Ejecutivo ha dispuesto el uso OBLIGATORIO de protectores “faciales”, los denominados tapaboca, barbijos sociales, y/o caseros, máscaras de de acetato, pañuelos, para todos quienes circulen dentro del partido de San Andrés de Giles (vía pública o cualquier lugar donde se realicen actividades exceptuadas del aislamiento).
La medida comenzará a regir desde el martes 14 de abril de 2020 hasta que cese la situación de aislamiento, social, preventivo y obligatorio.
En caso de no usarlo el infractor será sancionado (Art. 11 del Código de Faltas y Contravencionades, sancionada por Ordenanza Nº 183/94).
Para prepararar los tapabocas, el Municipio brinda una serie de recomendaciones que se encuentran en el Anexo 1 del Decreto Nº 1523 que adjuntamos.